Criptomonedas | Fiscalidad - Hacienda - Declaración
En 2024 habrá que presentar nuevos modelos relacionados con las criptomonedas ante la Agencia Tributaria. Esto se debe a que empezarán ciertas obligaciones de información respecto a este tipo de activos por parte de todos los inscritos en el Censo de Obligados Tributarios y respecto a operaciones y/o saldos del año 2023:
Modelo 172: declaración informativa sobre saldos en monedas virtuales (se presenta en enero de 2024). En este modelo hay que indicar las criptomonedas que se poseen a 31 de diciembre del año anterior.
Estarán obligados a presentar este modelo las personas o entidades residentes en España que proporcionen servicios para salvaguardar claves criptográficas privadas en nombre de terceros, así como para mantener, almacenar y transferir monedas virtuales.
Modelo 173: declaración informativa sobre operaciones con monedas virtuales (también se presenta en enero de 2024). Todas las operaciones realizadas con este tipo de criptoactivos durante el último año deben reflejarse en este modelo.
Estarán obligados a presentar este modelo los que presten servicios de cambio entre monedas virtuales y moneda fiduciaria o entre diferentes monedas virtuales, así como quienes intermedien de cualquier forma en la realización de dichas operaciones.
Modelo 721: declaración informativa sobre monedas virtuales situadas en el extranjero (se presenta hasta el 31 de marzo de 2024). Este modelo lo tienen que presentar, entre otros, las personas físicas y/o jurídicas en referencia a la totalidad de las monedas virtuales situadas en el extranjero a 31 de diciembre del año anterior de las que se sea titular, o respecto de las cuales se tenga la condición de beneficiario, autorizado o de alguna otra forma se ostente poder de disposición, o de las que se sea titular real.
Existe un límite importante que se debe tener en cuenta: solo se estará obligado a presentar el citado modelo si el valor total de las criptomonedas en el extranjero supera los 50.000 euros a 31 de diciembre.