Reducción de la indemnización por despido a consejeros y altos directivos
El Tribunal Supremo establece jurisprudencia y fija que los altos directivos de una compañía, así como los miembros del consejo de administración pueden reducirse en el IRPF la indemnización por despido. La Sala permite que solo tributen por el 70% del pago por cese. En la actualidad, la indemnización por despido está exenta hasta los 180.000 euros, pero si se supera ese volumen, los contribuyentes deben tributar por el exceso.
En una Sentencia del pasado 25 de julio de 2023, el Alto Tribunal da la razón a un importante grupo de distribución contra la Agencia Tributaria, que impedía esta reducción a dos de sus exdirectivos y exmiembros del consejo de administración al considerar que no tenían una relación laboral con la compañía sino mercantil y, por tanto, no les correspondía la exención.
La Sentencia establece que para determinar la posibilidad de esta reducción tiene que interpretarse el artículo 18.2 de la Ley del IRPF. Este artículo permite una reducción (antes del 40% y ahora del 30%) de aquellos rendimientos distintos a un salario (como es una indemnización por despido) siempre que se hayan generado en un periodo superior a dos años y no se obtengan de forma recurrente.